Órdenes de protección
Atención personal para evaluar y atender asuntos relacionados con órdenes de protección.
Una orden de protección puede establecer medidas y condiciones dirigidas a proteger a una persona, según la ley aplicable. Si necesita solicitarla o ha recibido una citación relacionada, es importante comprender lo que dispone el documento, la fecha de la vista y las circunstancias que el tribunal evaluará.
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Atención para su situación particular.
- Orientación jurídica sobre su situación
- Representación en vistas relacionadas con órdenes de protección
- Coordinación de la consulta y de los documentos que deben revisarse
Contexto general basado en información del Poder Judicial de Puerto Rico. No sustituye la evaluación de su caso.
Cada asunto está sujeto a evaluación y aceptación de la representación. No se garantizan resultados.
Cómo coordinar su consulta
Escriba por WhatsApp o mensaje de texto al 939-262-4118. También puede llamar o enviar un correo. El Lcdo. atiende personalmente y el tiempo de respuesta puede variar.
Consultas en español, por llamada o videollamada. De lunes a viernes, de 10:00 a. m. a 6:00 p. m., con cita previa.
Se atienden asuntos en todo Puerto Rico. Si reside fuera del país, puede consultar la posibilidad de atención cuando exista jurisdicción para su asunto. Las reuniones presenciales se coordinan cuando son necesarias.
Evite enviar información confidencial o documentos en el contacto inicial.
